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Residentes Permanentes, Record Criminal y Viajes al Extranjero

By August 10, 2015May 25th, 2021No Comments

No es poco común recibir una llamada de un residente permanente (LPR por sus siglas en ingles) que viaja al extranjero por vacaciones o negocios y que, para sorpresa suya, se encuentra detenido por la Agencia de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP por sus siglas en ingles).

Cuando CBP detiene a un residente permanente, en lugar de admitirlo y dejarlo entrar al país, por lo general es porque CBP tiene duda con respecto a la “admisibilidad” de ese LPR. Las dudas sobre la admisibilidad del LPR son generalmente provocadas por alguna violación criminal del LPR–no importa cuan lejos en el pasado.

Cada vez que un LPR entra y sale del país, el LPR está pidiendo ser admitido bajo la Sección 212 del código de Inmigración y Nacionalidad (INA por sus siglas en ingles). Si usted cometió un delito que podría hacer que usted sea inadmisible, y CBP se da cuenta (puede ser que no se hayan dado cuenta las últimas veces que viajó al extranjero y de pronto ahora se dan cuenta), entonces le podrían negar la entrada a los Estados Unidos.

Normalmente CBP frente a esta situación va a hacer una de dos cosas: (1) si no están seguros de que su incidente criminal lo hace inadmisible, le dirán que regrese y le darán el formulario I-546, que es una cita para aparecer de nuevo en una oficina de CBP con copias certificadas de sus records criminales. (2) Si CBP piensa de manera concluyente que usted es inadmisible (o deportable), entonces CBP le dará un documento llamado “Notice to Appear” (Formulario I-862). En ese documento se le ordenará que vaya delante de un juez de inmigración para que el decida si debe ser admitido o deportado de los Estados Unidos. A este punto, usted está en lo que se denomina técnicamente “Removal Proceedings” (o procedimiento para removerlo del país). El gobierno está tratando de deportarlo.

Si están frente a uno de estos escenarios, es extremadamente importante que se comunique con un abogado de inmigración para una evaluación de sus antecedentes penales. Un abogado de inmigración puede decirle cuáles son las opciones que tiene. Incluso si es deportable, podría calificar para ciertos remedios legales dependiendo de las circunstancias. Si todavía no se encuentran en esta situación, pero tienen antecedentes penales (no importa qué tan lejos en el pasado) y un planea viajar al extranjero, también es importante que llame a un abogado para que pueda evaluar si va podría tener problemas al regresar a los Estados Unidos. Sentencias penales para un LPR (asi sea un dia de pobratoria) son una bomba de tiempo que potencialmente podría meterlo en grandes problemas al regresar a los Estados Unidos.

Si tiene preguntas sobre este llámenos al 305-699-7848 para una evaluación telefónica gratuita de su caso.

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